La Ley Española: pago de impuestos sobre la renta y la propiedad

Si posee usted una propiedad en España, podría estar obligado a pagar varios tipos de impuestos diferentes al año...

Impuesto sobre la renta imputado al propietario

Este impuesto no se aplica a la vivienda habitual del propietario residente, pero sí se aplicará a cualquier segunda propiedad que posea. Si no es usted residente, la propiedad no estará catalogada como su vivienda habitual, y por lo tanto deberá pagar impuestos anualmente. Este es un razonamiento comprensible: o bien se convierte en residente en España y evita este impuesto o bien las autoridades siempre le considerarán no residente y, por lo tanto, propietario de otra propiedad principal en otro lugar.

Este tipo de impuesto se paga al 19 por ciento del 1,1 por ciento del valor catastral de la propiedad para los ciudadanos de la Unión Europea y al 24 por ciento del 1,1 por ciento del valor catastral de la propiedad para otros ciudadanos extranjeros.

Estas son las buenas noticias: existen exenciones del impuesto sobre el patrimonio en España para las viviendas habituales y para otros activos netos hasta 700.000 euros (aunque esta cantidad es menor en algunas regiones).

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Residentes españoles y propietarios no residentes son responsables del impuesto sobre el patrimonio

Impuesto sobre el patrimonio

Los residentes españoles y los propietarios no residentes están sujetos al impuesto sobre el patrimonio, pero el umbral es extremadamente alto. Se llama impuesto sobre el patrimonio en España, lo que viene a significar: que se gravan los bienes, no las rentas, y se basa en el valor real de venta declarado en escritura, no en el "valor catastral", que es más bajo.

Se suprimió en 2008, pero se volvió a introducir para el ejercicio fiscal 2012-2013, aunque afecta a residentes y no residentes de forma diferente.

  • Como residente… usted está obligado a declarar su activo en todo el mundo.
  • Como no residente… solo deberá declarar sus propiedades y activo en España.

Impuesto sobre el alquiler no residencial

Impuesto sobre el alquiler no residencial

Ya sea usted residente o no, puede alquilar legalmente su propiedad en España sin mayor complicación.

Sin embargo, cualquier ingreso por alquiler debe ser declarado a las autoridades fiscales, y este impuesto debe pagarse trimestralmente.

El impuesto para los no residentes de la Unión Europea es del 19 por ciento de la prestación neta de alquiler, lo que significa que se pueden deducir algunos gastos de los ingresos brutos.

Otros no residentes (de fuera de la Unión Europea) deben pagar el 24% de los ingresos brutos y no pueden descontarse ningún gasto.

Sin embargo, como residente, es aconsejable incluir los ingresos por alquiler con los ingresos generales al hacer su declaración anual del impuesto sobre la renta en España.

Administrativamente, existe la obligación de obtener la "licencia turística" si el alquiler va a durar menos de dos meses, pero a efectos fiscales se considera de la misma manera, independientemente de si el alquiler es a corto o a largo plazo.

Existe la obligación de obtener la "licencia turística" si el alquiler va a durar menos de dos meses, pero a efectos fiscales se considera de la misma manera, independientemente de si el alquiler es a corto o a largo plazo.

 El IBI es su impuesto municipal local y varía según la zona

Impuesto anual sobre Bienes Inmuebles (IBI)

¿Recuerdan lo que es el "valor catastral”? Pues bien, esta valoración determina cuánto IBI -o impuesto municipal- deberá pagar. Está vinculado a la inflación, y puede variar de una ciudad a otra.

Si no es residente en España, lo mejor que puede hacer es pagar este impuesto anualmente por domiciliación bancaria.

Su banco le proporcionará los formularios adecuados para autorizar dicha transacción, y el ayuntamiento quedará satisfecho con esta opción de pago, ya que los impuestos se pagarán a su debido tiempo, y también actúa como identificación oficial de su propiedad y titularidad.

 Representante fiscal: solo es necesario para demostrar que existe un contacto permanente en España para representar al contribuyente no residente.

Representante fiscal

Las autoridades de la administración solo requieren que un no residente nombre a un representante fiscal en ciertos casos - y no cuando la única actividad es la propiedad de una propiedad. No obstante, un representante fiscal garantiza a las autoridades fiscales españolas que existe un contacto fiable y permanente residente en el país para representar al contribuyente no residente. Los no residentes suelen designar habitualmente a su asesor fiscal o abogado como representante fiscal.

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